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Sorteo Consigue Tus Alianzas Gratis 2021
PRIMERA.- Organizador.
Argyor S.A. (en adelante, Argyor) organiza en las fechas indicadas a continuación,el concurso “Consigue tus alianzas gratis” (en adelante “el sorteo”), de acuerdo con las modalidades que se describen en estas Bases.

SEGUNDA.- Periodo.
El periodo de vigencia de esta promoción es del 21 de junio de 2021 al 22 de septiembre de 2021 (ambos incluidos).

TERCERA.- Participación.
Podrán participar todas las personas físicas mayores de 18 años con residencia en España durante el concurso. Para entrar en el sorteo deberán haber comprado una pareja de alianzas marca ARGYOR en la tienda 'online' de Argyor (www.argyor.com/es/) o en las joyerías asociadas a la promoción en el periodo indicado previamente, y registrarse con sus datos y el código de identificación que recibirán con su compra en el sitio web del concurso (http://promo.argyor.com/registro-sorteo-alianzas-2021) hasta el 30 de octubre de 2021 incluido. Dicho código numérico contará como un registro único (permitiendo una única participación en el sorteo aunque se registre con distintas direcciones de correo electrónico).

CUARTA. – Premios.
La pareja ganadora recibirá la devolución del importe total de su compra de una pareja de alianzas Argyor (sobre PVP publicados en www.argyor.com/es a la fecha del sorteo) hasta un máximo de 1000€. Si el importe de la compra supera esa cantidad la devolución será de 1000€.

QUINTA.- Condiciones.
Una vez realizada la devolución del importe de compra el ganador no podrá realizar cambios o devoluciones de sus alianzas.

SEXTA. – Mecánica del sorteo.
Argyor utiliza la herramienta GetResponse para recopilar todos los emails de los participantes. Seguidamente se creará una hoja de cálculo que contendrá todo el listado de participantes para utilizar en la herramienta Easypromos, que elegirá al ganador y suplentes de forma aleatoria y verificará que los usuarios hayan realizado una participación correcta en la promoción. Easypromos es una plataforma que garantiza la transparencia del resultado del sorteo y como prueba de ello emite un certificado de validez para cada uno de sus sorteos, cuyo resultado es inalterable por el organizador del sorteo, y que cualquier usuario participante puede solicitar al organizador.

SÉPTIMA.- Concurso.
La asignación del premio se realizará el 2 de noviembre de 2021, cuando se compruebe que el agraciado cumple con todas las condiciones del sorteo, así en el caso de que no reúna las características establecidas en estas Bases o no se les localizara en el plazo de 7 días, el premio pasaría a los suplentes, en orden del primero al último. Si ninguno de los agraciados cumpliese con los requisitos establecidos, el premio se declarará desierto.
Al premio del presente Sorteo le será de aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas o, en su caso, el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Impuesto sobre la Renta de No Residentes; así como sus correspondientes Reglamentos y demás normativa de desarrollo; o, en su defecto, la normativa tributaria que estuviere vigente aplicable a residentes y no residentes fiscales en España.
En caso de resultar aplicable, corresponderá y será por cuenta exclusiva del organizador de la promoción el pago de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, a los tipos que resulten vigentes a fecha de devengo de la operación. En el supuesto de premios “en especie”, el ingreso a cuenta no será repercutido a los premiados, siendo, por tanto, asumido por el organizador de la promoción, por lo que dicho ingreso a cuenta supondrá un mayor valor del premio en especie percibido por los premiados.
Asimismo, el organizador de la promoción, y de acuerdo con la normativa expuesta, remitirá al ganador, de forma anual, y con anterioridad a la apertura del plazo de comunicación o de declaración del Impuesto, el correspondiente certificado de retenciones e ingresos a cuenta referente al ejercicio de devengo del premio y pago de la retención o ingreso a cuenta.

OCTAVA.- Comunicación al ganador.
Se contactará con el ganador/a por correo electrónico y teléfono para confirmar la aceptación del premio en un plazo de tres días naturales a contar desde la fecha de contacto por éste. En caso de imposibilidad manifiesta para contactar con el ganador, por error en los datos facilitados por éste o por su localización, Argyor quedará eximido de cualquier responsabilidad.
El agraciado, asimismo, podrá, si así lo desea, renunciar al premio; dicha renuncia deberá comunicarse igualmente en los tres días naturales siguientes a la recepción de la comunicación, utilizando el mismo procedimiento que para la aceptación.
Transcurrido el plazo indicado sin comunicación por parte de los agraciados, sin recibir comunicación alguna, tanto de aceptación como de renuncia, se entenderá que los participantes han renunciado al premio, quedando Argyor facultada para hacer uso del mismo; en este sentido, otorgará el premio al suplente que corresponda. En caso de renuncia al premio, no existirá compensación alguna del mismo.

NOVENA. - Protección de datos.
Los participantes aceptan, mediante su participación en el sorteo, que sus datos otorgados serán integrados en la base de datos de Argyor cumpliendo con la ley de protección de datos. El usuario puede darse de baja en cualquier momento.

DÉCIMA. – Aceptación de las bases.
La mera participación en esta campaña comercial supone la aceptación íntegra de las presentes bases. Argyor se reserva el derecho de descalificar las participaciones de personas que incumplan las mismas y especialmente cualquier participación en la que se consignen datos no veraces o cuando se consigne una dirección de correo electrónico que se haya consignado en una participación anteriormente.

These legal bases are hosted at Easypromos.